Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento, el inicio de una actividad sin incidencia ambiental en cuanto que cumple todas las condiciones establecidas en el Anexo III de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat
Con ANTERIORIDAD a la presentación de COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD INOCUA, es preceptivo haber solicitado del Ayuntamiento la expedición del Informe Urbanístico Municipal de Actividad.En conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considero oportunos, tan solo tendrán que cumplir estos con el contenido mínimo regulado en esta normativa.
Continuo
No tiene
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Memoria que describa la actividad a desarrollar
Requisito de Validez: Original o copia auténtica
Anexo III, Art. 9, 66 y ss., Art. 71 y ss.
Suscrito por técnico competente, debidamente identificado mediante nombre y apellidos, titulación y documento nacional de identidad, acreditativa de que las instalaciones cumplen con todas las condiciones técnicas y ambientales exigibles para poder iniciar el ejercicio de la actividad.
JUSTIFICANTE PAGO DE LA TASA
Art. 112.1, Art. 14, Art. 21, Art. 21.1, Art. 21.3 y .4, Art. 22, Art. 24.1, Art. 68, Art. 69, Art. 82, Art. 95, Arts. 123-124, Arts. 47-48, Arts. 68-69