Este trámite permite presentar la Cuenta Justificativa de una Subvención previamente concedida por esta Entidad. El beneficiario deberá presentar una cuenta justificativa por cada uno de los proyectos o actividades subvencionadas, sin que en ningún caso pueda presentarse la cuenta justificativa agrupando los justificantes de gasto y pago
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Continuo
Según normativa aplicable