Este trámite permite presentar solicitudes para la baja en el padrón municipal de habitantes por cambio de residencia de extranjeros que se trasladan al extranjero.
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Continuo
Estimatorio
3 Meses
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Pasaporte
Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidadEsta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original